A lo largo de nuestra experiencia como asesoría laboral en Sant Cugat del Vallès, podemos constatar que muchos clientes tienen dudas
a la hora de decantarse por un tipo de sociedad para constituir una empresa.
Existen dos tipos: la anónima y la limitada. Si quieres elegir una de ellas
debes tener en cuenta tus necesidades y los requisitos exigidos.
En la sociedad anónima se necesita un capital mínimo de
constitución de 60.000 euros, que será dividido en acciones nominativas y al
portador. El desembolso inicial debe ser como mínimo del 25% y las cantidades
pendientes se pueden abonar posteriormente. Como puedes observar este tipo de
sociedad atiende sobre todo a grandes empresas. La responsabilidad de los
socios es limitada al capital aportado y una vez que esté inscrita en el
Registro Mercantil, la transmisión de acciones es libre. Los estatutos exigirán
un número mínimo de acciones para poder acudir a la Junta General.
Desde nuestra asesoría laboral en Sant Cugat del Vallès recomendamos la sociedad limitada para aquellas
pequeñas y medianas empresas y nuevos emprendedores. El capital mínimo de
constitución es de 3.000 euros y será dividido en participaciones. Su
transmisión será restringida y no pueden participar en el mercado ni denominarse
acciones. En este tipo de sociedad la responsabilidad de los socios estará
limitada al capital aportado, es decir, solo responden las deudas por el
capital invertido. Para la transmisión de participaciones sociales se debe
comunicar a los administradores la intención, el número de ellas, la identidad
y el precio pactado. Todos los socios tienen el derecho de acudir a la Junta
General.
En Activa Asesoría somos una asesoría laboral dedicada al asesoramiento empresarial. Tenemos un
amplio equipo de profesionales que resolverá todas tus dudas de forma
permanente. Te ofrecemos ante todo un servicio competitivo, fiable y eficaz.